La crisis de los ‘mandiles rosados’ en el Ejército del Perú ¿Qué dice el Reglamento de Uniformes del
- INTI DIPLOMATIC
- 22 jun 2019
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No por su color, sino por el simple hecho de ser un accesorio por completo ajeno al uniforme del Ejército Peruano (EP), los mandiles rosados que lucieron oficiales y subalternos de esa institución castrense sobre su indumentaria oficial representaron una falta a sus propias normas.
Así es como empezó la “crisis de los mandiles” en las instalaciones del Pentagonito el martes 18 de junio motivando críticas ácidas de parte de militares en retiro, exministros de Defensa y políticos.
Los cuestionamientos más fuertes provinieron de militares en retiro, esto debido a que la acción realizada por Montenegro vulneraría el reglamento del uso del uniforme en el Ejército peruano, el cual establece que no se deben agregar prendas adicionales.
“Está prohibido: (1) Alterar el diseño, dimensiones, color y otros detalles de las prendas reglamentarias; (2) Usar prendas, accesorios, distintivos, insignias, emblemas, etc., que no están prescritos en este reglamento”, se lee en el Capítulo II del Reglamento de Uniformes del Ejército.
En más, el Decreto Legislativo No. 1094 (Código Penal Militar Policial) en su Artículo 73, es claro: “El militar o el policía que públicamente o por cualquier medio de difusión ofende, ultraje, vilipendie o menosprecie, por obra o por expresión verbal o escrita, los símbolos nacionales, militares o policiales, o la memoria de los próceres o héroes que nuestra historia consagra, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con sesenta a ciento veinte días multa”.
El Artículo 74 añade que “El militar o el policía que vilipendie o menosprecie públicamente de obra, palabra, por escrito o por cualquier otro medio a las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con sesenta a ciento veinte días multa”.